LOS GASTOS COMUNES.
Cuando uno decide vivir en comunidad (por ejemplo en un edificio de departamentos habitacionales, en un condominio de casas), o en los casos de trabajar en un edificio de oficinas comerciales o en un centro comercial, esto involucra no solamente el convivir en comunidad (bajo las normativa de un Reglamento de Co Propiedad), sino que también exige el pago mensual de Expensas o Gastos Comunes todos los meses.
Lo anterior significa, que aparte de estar obligados a pagar mensualmente las cuentas de servicios (por ejemplo energía eléctrica, gas, agua, teléfono, internet, etc.) y a lo que debemos sumar en muchos casos un arriendo mensual o un dividendo al banco, todos los meses.
Los Gastos Comunes es un monto de dinero que es compartido en su pago por todos los comuneros y está directamente asociado a la mantención y al mejoramiento de las áreas comunes (fachada del edificio, jardines, instalaciones etc.), al pago de los sueldos de los empleados (conserjes, personal de limpieza, administrador, etc.) y para cancelar cuentas de servicios de la comunidad toda (por ejemplo: energía eléctrica, agua, etc.).
La Ley N° 19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria, señala: “cada copropietario deberá contribuir tanto a los gastos comunes ordinarios como a los gastos comunes extraordinarios, en proporción al derecho que le corresponda en los bienes de dominio común, salvo que el reglamento de copropiedad establezca otra forma de contribución”.
Los Gastos Comunes se clasifican en:
1) Gastos Comunes Ordinarios:
– De Administración: Dicen relación al pago de remuneraciones y previsión del personal de servicio, administrador y conserjes.
– De Mantención: Su finalidad es el asegurar el buen funcionamiento de bienes comunes, como los ascensores, portones eléctricos, cámaras de seguridad, luminarias etc., y adquirir insumos como artículos de aseo, entre otros.
– De Reparación: Para arreglar los desperfectos que sufren equipos de uso común y/o para comprar repuestos de los mismos.
– De uso o consumo: Cuando existen servicios utilizados por toda la comunidad, como por ejemplo la calefacción, agua potable u otros.
2) Gastos Comunes Extraordinarios: Aquellos destinados a financiar nuevos proyectos que la comunidad planea llevar a cabo.
Como se calculan los Gastos Comunes se clasifican:
La administración calcula la cuota a pagar por cada copropietario tomando en base a los metros cuadrados de cada unidad.
En el caso de que, por ejemplo, una persona es dueña de un departamento y de un estacionamiento en subterráneo, deberá pagar Gastos Comunes por cada unidad.
El valor exacto a cancelar, por concepto de Gastos Comunes, podrá ser definido por la Asamblea de Copropietarios, sin embargo, el Reglamento de Copropiedad podría establecer un valor diferente.
Cada habitante del condominio se encuentra obligado a cancelar al día sus Gastos Comunes, en caso de mora en el pago, podría arriesgar el pago de intereses y multas.
Según la Normativa de Copropiedad, en su Artículo 5º, si el residente “incurriere en mora, la deuda devengará el interés máximo convencional para operaciones no reajustables o el inferior a éste que establezca el reglamento de copropiedad”. Además corre el riesgo, que al tercer mes de mora, se le corte el suministro eléctrico y de ser demandado.
Fuentes:
Ley N° 19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria.
Apuntes del Abogado y Asesor Inmobiliario, Sr. Francisco Armas Morel.
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