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ARRENDANDO UNA PROPIEDAD  CONSEJOS 10/10

ARRENDANDO UNA PROPIEDAD CONSEJOS 10/10

Armas Morel entrega sus Consejos para Arrendar una Propiedad Inmueble:

Consejo Número 10: Término del Contrato de arriendo.

Finalmente llega el día en que, según el Contrato de Arriendo firmado por las partes, alcanza a su fin, el plazo ha terminado. Ante esto, pueden ocurrir las siguientes situaciones:

  1. Que el Contrato de Arriendo tenga renovación automática.
  2. Que las partes decidan renovar el contrato, lo que se recomienda que se haga mediante un Anexo de Contrato, firmado por cada parte.

Que el contrato no se renueve, por lo que corresponde la devolución de la o las propiedades por parte de la arrendataria. En ese caso debemos proceder con la firma de un documento llamado Término de Contrato de Arriendo y el Salvoconducto (que hoy se tramita en una Notaría). Al hacer abandono de la propiedad el ex arrendatario, se debe revisar el Inventario y proceder a la liquidación de la garantía, descontando cualquier daño o perjuicio más las cuentas. Recuerde que muchas cuentas tardan en llegar, por lo que usted como arrendador tómese todo el tiempo señalado en el contrato de arriendo para hacer una correcta liquidación de garantía. Mientras realiza esos trámites, recuerde empezar a ofrecer la propiedad en arriendo, no pierda tiempo. El proceso de arrendar su propiedad vuelve a comenzar.

Fuentes: Abogado y Asesor Inmobiliario Sr. Francisco Armas Morel.

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